Barrientos enajena una parcela municipal por adjudicación directa
Información publicada por la edición digital de El Periódico de Estepona el día 25 de noviembre, sábado
Urbanismo
Barrientos enajena una parcela municipal por adjudicación directa
La operación es contraria a la LOUA, según advierte en Tesorero en un informe
Por : Santiago Manchado
El Ayuntamiento de Estepona ha enajenado, mediante adjudicación directa, una parcela de titularidad municipal en la zona Cortijo Casareño, una operación por la que las arcas municipales han ingresado más de 1,67 millones de euros, pero que contraviene la Ley de Ordenación Urbana de Andalucía (LOUA), según un informe del Tesorero municipal, al que ha tenido acceso este periódico.En el documento, con fecha del pasado 23 de noviembre, el funcionario advierte que los terrenos forman parte del patrimonio municipal del suelo, por lo que “podrán enajenarse mediante cualquiera de los procedimientos previstos en la legislación, salvo el de adjudicación directa, y preceptivamente mediante concurso cuando se destinen a viviendas de protección oficial”.El Tesorero califica de “sorprendente” el informe aportado al expediente por el Interventor accidental el pasado mes de febrero, ya que incurre en una “contradicción”. Éste señala que no se aporta un pliego de condiciones administrativas particular, pero justifica su omisión al tratarse de una adjudicación directa. Pero posteriormente, pone de manifiesto la pertenencia de los terrenos al patrimonio municipal del suelo y, por consiguiente, la imposibilidad de enajenación directa, aunque “evita informar sobre este extremo”, según el tesorero.Asimismo, el funcionario del Ayuntamiento hace referencia a la actuación de la junta de gobierno, que “se limitó a aprobar sin mayor discusión”, y del Secretario de la corporación, que sólo “levantó acta sin informar a la junta de la contradicción de los informes, algo que no puede escapar a persona de reconocida capacidad profesional”, apunta.Por todo ello, recomienda al alcalde, Antonio Barrientos, que ponga los medios necesarios para la rectificación de esta situación o, en caso contrario, lo ponga en conocimiento de la autoridad judicial competente, ya que es “presuntamente contraria a lo establecido por la ley”.
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