estepona

Saturday, March 10, 2007

La Audiencia revisará una sentencia que condenó a un congoleño por construir una casa de madera ilegal

Diario SUR. Sábado 10 de marzo

La Audiencia revisará una sentencia que condenó a un congoleño por construir una casa de madera ilegal


El hombre fue condenado a un año de prisión y a una multa de 4.500 euros, así como a 18 meses de inhabilitación para la profesión de promotor o constructor

EUROPA PRESS / MÁLAGA


La Audiencia Provincial de Málaga tiene previsto revisar el próximo miércoles la sentencia dictada por un juzgado de lo Penal que condenó a un hombre nacido en Congo por un delito contra la ordenación del territorio, al considerar que promovió la construcción de una casa de madera en suelo no urbanizable en Estepona (Málaga) y sin haber solicitado la correspondiente licencia.La Sección Segunda acogerá la vista sobre el recurso interpuesto por la defensa del acusado contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de la capital, que lo condenó a un año de prisión y a la multa de 4.500 euros, así como a 18 meses de inhabilitación para la profesión de promotor o constructor, aunque no se ordenó la demolición del inmueble.Así, la jueza consideró probado, según la resolución, que el acusado construyó en la primavera de 2003 en una finca de su propiedad, situada en los parajes Alcanforejo y El Reloj, una casa de madera sobre una base y pilares de hormigón, con una superficie de 100 metros cuadrados en planta baja y 50 en segunda planta "sin que para ello hubiese solicitado u obtenido la correspondiente licencia de obras".Suelo de "interés ambiental"Además, en la sentencia se precisa que los terrenos de dicha finca estaban calificados en el Plan General de Ordenación Urbana vigente en ese momento en Estepona como "suelo no urbanizable complejo serrano de interés ambiental", por lo que la jueza entendió que la construcción llevada a cabo por el acusado era "incompatible con tal calificación urbanística".Asimismo, estimó que la casa era para vivir el acusado, aunque éste dijo que se destinaba a turismo rural y que tenía en la finca 10 caballos. En el atestado policial, que dio origen a las investigaciones y a la causa judicial, se especificaba que en mayo de 2004 se estaban realizando trabajos para una piscina delante de la casa.El procesado reconoció que compró la madera y que fue él mismo quien montó la casa, excepto los pilares de hormigón, tareas que mandó realizar; por lo que la jueza rechazó la tesis de la defensa de que no podía ser condenado por un delito contra la ordenación del territorio al no ser constructor ni promotor."Resulta evidente que el acusado reúne las cualidades necesarias para ser sujeto activo del delito, puesto que no sólo promueve la construcción de la casa sino que incluso llega a afirmar que él mismo realizó materialmente algunos trabajos necesarios para levantar esa edificación", se precisa en la sentencia, que descarta proceder la demolición de la infraestructura.En este sentido, la juzgadora determinó que el fiscal se limitó a pedir la demolición "sin exponer los motivos", por lo que existieron "dudas" de si era posible restablecer de otro modo la legalidad urbanística conculcada.